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Por Mario Guarda , 10 de febrero de 2022

Tribunal Ambiental realizó audiencia por la muerte de más de 100 colmenas

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Abejas habrían muerto producto de fumigación de un predio contiguo al apiario en la comuna de San José de la Mariquina. Entérate de los detalles de la demanda.

Ante el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, se realizó hoy jueves la audiencia de conciliación, prueba y alegatos, en un procedimiento por daño ambiental que se encontraba suspendido, y que se inició -en abril de 2019- por la muerte -en octubre de 2015- de las abejas de un apiario de las demandantes, luego de una fumigación en un predio contiguo, de propiedad del demandado, ubicado en la comuna de San José de la Mariquina, Región de Los Ríos. 

Luego de no prosperar el llamado a conciliación realizado por el órgano judicial especializado, se dio paso a la recepción de la prueba, comenzando con la de la demandante, quien, únicamente, pidió la declaración del demandado. Por su parte, la demandada citó a declarar a los propietarios del apiario cuyo daño ambiental se demandó, además de la declaración de testigos simples. Por último, en sus alegatos, las partes enfatizaron los hechos para afirmar o negar la responsabilidad por daño ambiental. 

La demandante sostuvo que la pérdida de miles de abejas pecoreadoras de las 187 colmenas afectadas constituye una pérdida significativa de un componente ambiental, pues la especie Apis mellifera presta servicios ecosistémicos fundamentales, como la polinización de especies agrícolas y naturales. Destacó además que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) multó a la demandada tras el episodio. 

Por su parte, el demandado sostuvo que avisó previamente al demandante, para que tomara los resguardos necesarios para proteger sus abejas. Agregó que el número de colmenas no superaba las 60, y no 180 como aseguran los demandantes, y que el SAG sancionó por mal manejo de envases de agroquímicos en cuanto a su almacenamiento, disposición transitoria y manipulación inadecuada; faltas que no tienen la capacidad de producir el daño ambiental demandado. Por último, destacó que los demandantes no señalaron en su demanda cómo se produce la inserción de las abejas en un ecosistema o cómo se verían afectados los servicios ambientales por su presencia o ausencia.

 

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