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Por Mario Guarda , 23 de febrero de 2022

Tribunal Ambiental realizó diligencias en la Reserva Nacional Mocho Choshuenco

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El órgano jurisdiccional llevó a cabo una inspección personal para resolver una solicitud de medida cautelar en el marco de la demanda interpuesta por el Consejo de Defensa contra la Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A.

La Ministra Titular Licenciada en Ciencias del Tribunal Ambiental de Valdivia, Sra. Sibel Villalobos Volpi, encabezó la inspección personal desarrollada este miércoles en la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, en el marco de una demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en contra de la Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A.

La actuación tuvo como objetivo recabar antecedentes para resolver una solicitud de medida cautelar y consistió en la revisión de dos puntos. El primero de ellos corresponde a una zona donde se realizaron dos zanjas que habrían desviado el curso de un cauce que tiene origen glaciar.

Además, el equipo multidisciplinario del Tribunal inspeccionó la confluencia del río de origen glaciar con otro río de distinto origen, para apreciar las condiciones del sistema fluvial aguas abajo de la intervención.

Según la demanda, la empresa sería responsable de la intervención no autorizada mediante el uso retroexcavadora, de un cauce de origen glacial, situado en la cara este del complejo volcánico Mocho Choshuenco, lo que afectaría gravemente la cabecera de la microcuenca del río Pillanleufu.

En su contestación de la demanda, la empresa aseguró que la zona intervenida es de bajo interés científico y de baja unicidad de ecosistemas y descartó una perturbación grave de la cabecera de la microcuenca del Río Pillanleufu, pues la intervención se habría ejecutado en un sector abierto, sin vegetación y sin un cauce definido.

Tras la diligencia, el Tribunal elaborará un acta de la inspección que será incorporada al expediente judicial de la demanda y que servirá de insumo para decidir si se acoge la solicitud del CDE y decreta una medida cautelar, mientras se resuelve el fondo de la controversia ambiental.

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