Actualidad

Condena a empresas contratistas y a Municipalidad de Lanco por deceso de trabajador

Por Javier Mardones / 11 de noviembre de 2024 | 17:18
Imagen referencial. Créditos: Canva.
Accidente laboral con resultado de muerte ocurrió el primero de octubre del 2020.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 24 días

El Juzgado de Letras de Mariquina acogió la demanda de indemnización presentada en contra de dos empresas y la Municipalidad de Lanco, por los padres de un joven de 17 años de edad que murió electrocutado en faena de construcción de red de alumbrado público de la comuna.

Dicho accidente laboral tuvo lugar el primero de octubre de 2020.

En el fallo, la magistrada Ivonne Ángulo estableció la responsabilidad de las empresas y el municipio, en calidad de mandante, en el deceso del trabajador, y les ordenó cancelar solidariamente a los demandantes la suma de $80.000.000 por concepto de daño moral, más $188.064.000 por lucro cesante.

“No existe constancia en autos de que se haya efectuado una evaluación preventiva en el lugar de trabajo antes de iniciar la faena, pues de haber existido se hubiesen percatado del mal diseño de la obra, refuerza lo anterior que luego del accidente de las luminarias en las cuales trabajaba don (…) fueron trasladadas de lugar", sostiene el fallo.

"Es así como en las fotografías del sitio donde ocurrió el accidente, se observa la cercanía del tendido eléctrico, y en el informe de la Policía de Investigaciones se indica que los cables de alta tensión registran una altura de 6,44 metros en tanto el poste de metal con un panel solar en su parte superior alcanzaba una longitud total de 6,70 metros, es decir existía un riesgo inminente de la ocurrencia de un accidente”, se agrega. 

Cabe recordar que según el padre de la víctima, la descarga eléctrica se debió a que el poste que instalaban hizo contacto con un cable de baja tensión, el cual pasa sobre la luminaria.

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?