La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto en representación del personal del Sistema de Atención Médico de Urgencia (SAMU) del Hospital Base de la ciudad.
La acción fue presentada contra la testigo que grabó y difundió en redes sociales un video cuestionando la atención brindada en un accidente vehicular de agosto.
El tribunal de alzada desestimó la procedencia de la acción, tras establecer que los comentarios que acompañaban al material gráfico se encuentran amparados por el derecho constitucional a la libertad de expresión.
La sentencia señala que, si bien el derecho a la libre expresión tiene límites para no dañar o amenazar derechos fundamentales de terceros, en este caso, no se observaron insultos ni amenazas.
“No se observa que la recurrida haya proferido malos tratos, insultado, denigrado o amenazado por esos medios a los recurrentes, ya sea en forma personal o como colectivo o grupo de trabajadores”, indica la resolución.
El fallo agrega que en las publicaciones se visualiza “una opinión respecto del protocolo aplicado en el procedimiento específico, en que la recurrida critica el actuar de quienes debieron adoptar decisiones, lo que se encuentra dentro del legítimo derecho de la libre expresión, que la Constitución Política reconoce a todos los ciudadanos”.
La Segunda Sala del tribunal, integrada por la ministra Marcia Undurraga Jensen, la fiscal judicial Paola Oltra Schüler y el abogado (i) Luis Galdames Bühler, resolvió rechazar sin costas el recurso. Recibe nuestras noticias en: WhatsApp | Instagram | Newsletter.
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