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Por Mario Guarda , 16 de mayo de 2023 | 13:57

Confirman condena de presidio efectivo para autor de delitos sexuales contra menores de edad

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Ilícitos fueron perpetrados entre 2010 y 2014. Imagen referencial. Créditos: Archivo.
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La Corte de Apelaciones ratificó el fallo que resolvió en primera instancia el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia. Detalles en la nota.

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia que condenó a la pena única de 18 años de presidio efectivo, a autor tres delitos reiterados de abuso sexual de menores de 14 años de edad, un abuso sexual de mayor de 14 años y una violación impropia, ilícitos perpetrados entre 2010 y 2014.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada desestimó error en la valoración de la prueba en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

“Puede advertirse mediante la simple lectura del dictamen jurisdiccional, que los sentenciadores de la instancia con acuciosidad, detalle y sin escatimar en la extensión a fin de no dejar cabos sueltos, se abocaron a efectuar en el aludido basamento no solo una descripción completa de la prueba de cargos y descargos rendida en el juicio", resolvió.

"Luego procedieron a concentrarse en el análisis particular y concatenado de las probanzas aparejadas, emitiendo un contundente parecer respecto de la razón por la que a partir de ellas arribaron a la convicción unánime, en torno a la participación culpable del acusado en los cinco órdenes de delito que se dieron por acreditados respecto de tres víctimas distintas", dice el fallo.

Fallo

El fallo de primera instancia ratificado, de 18 años de presidio efectivo, además resolvió condenar al autor de estos delitos a diversas penas accesorias.

“Interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; a la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, sujeción que consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual", se ordena.

"La inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad”, agrega la resolución.

Asimismo, al sentenciado se le priva de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de las ofendidas, de sus ascendientes y descendientes.

"Conservará en cambio todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de las víctimas o de sus descendientes”, concluye.

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