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Por Redacción , 25 de agosto de 2023 | 17:49

Establecen responsabilidad de empresa a cargo de construcción del puente Cau Cau

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Puente Cau Cau. Crédito foto: cedida.
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Esto permite desestimar las indemnizaciones solicitadas por la empresa constructora por término anticipado de contrato.

La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de apelación fiscal presentado por el Consejo de Defensa del Estado y resolvió revocar la sentencia de primera instancia. 

Esto implicó que se configuraron los presupuestos del art. 151 letra g) del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, permitiendo que el Ministerio de Obras Públicas pueda poner término anticipado al contrato con la empresa a cargo de la construcción defectuosa del puente Cau Cau en Valdivia.

El presidente Raúl Letelier destacó el trabajo de su equipo profesional, liderado por la consejera Ana María Hubner y por las abogadas de la Procuraduría Fiscal de Santiago, Diana Henríquez y Daniela Domínguez, al acreditar ante la justicia los graves incumplimientos de la empresa. 

Esto permitió que las indemnizaciones que ella solicitaba por el término del contrato fueran desestimadas en su totalidad, al rechazarse en todas sus partes la demanda deducida en contra del Fisco.

Letelier señaló que los juicios que involucran infraestructura pública son materia de permanente cuidado para el Consejo de Defensa del Estado. Esto debido a que ellos no sólo impactan el erario nacional, sino que también su postergación o incumplimiento afecta gravemente a las comunidades donde las obras deben ser emplazadas. En este caso, la necesidad de mejorar la conectividad de la ciudad de Valdivia.

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